Consumidores y tiendas deberán reciclar cartuchos y tóners

Desde el pasado 15 de agosto, el reciclaje de los cartuchos de tinta y tóner es obligatorio en España. Esto se debe a la ampliación de la consideración de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), ya que el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RD RAEE) se aplica ahora a todos aquellos AEE clasificados en las nuevas categorías y subcategorías establecidas por el Anexo III del real decreto, incluidos los consumibles de impresión.

La obligación de reciclaje afecta no solo a los establecimientos y fabricantes.

Cuando en un producto o envase figura el símbolo del contenedor de basura tachado con un aspa, el consumidor es responsable de devolver el equipo en un punto de recogida autorizado. Las tiendas -también los comercios online– tienen la obligación de recoger los residuos de aparatos electrónicos siempre y cuando los usuarios compren en ese punto de venta un aparato nuevo de similares funciones. Para ello, el cliente dispone de, al menos, un mes desde la compra del nuevo aparato para devolver el viejo, previa presentación de la factura. Además, si el aparato nuevo se entrega en el domicilio del usuario (venta online), éste tiene derecho a entregar el viejo al transportista para su posterior gestión. Por último, si la tienda tiene más de 400 m2 destinados a la venta de aparatos eléctricos y electrónicos, ésta deberá aceptar RAEE muy pequeños (ninguna dimensión superior a 25 cm) sin necesidad de que el usuario haya comprado uno nuevo que desempeñe una función similar.

Como pionero en el reciclaje y reutilización de materiales de impresión, HP apoya este nuevo paso en el compromiso medioambiental y asume la financiación del tratamiento y reciclaje de residuos devueltos a través de los puntos de recogida.

 

 

 

 

 

 

 

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